México

Aprueban cárcel para quien comparta imágenes de cadáveres

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Foto: Canva- (Imagen genérica)

México.- Medios nacionales informaron que el Pleno del Senado aprobó penas severas a quien difunda cualquier objeto digital o físico que forme parte de una carpeta de investigación.

El Senado de la República informó que con 86 votos a favor se aprobaron las reformas al Código Penal Federal “para tipificar y sancionar la filtración de imágenes o difusión de información de víctimas de feminicidios o ilícitos sensibles relacionados con la violencia de género”, mencionó el Senado.

El cambio que se hará es la fracción XXVIII del artículo 225 del ordenamiento antes mencionado, por lo que las siguientes acciones serán señaladas como delitos:

“Dar a conocer, difundir, entregar, revelar, publicar, transmitir, exponer, remitir, distribuir, videograbar, audiograbar, fotografiar, filmar, reproducir, comercializar, ofertar, intercambiar, copiar o compartir, a quien no tenga derecho, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos o constancias que obren en una carpeta de investigación o en un proceso penal y que por disposición de la ley o resolución de la autoridad judicial, sean reservados o confidenciales”, se menciona en un comunicado del Senado de la República.

En caso de cometer alguno de los actos antes mencionados, podrá pasar de seis a 12 años de prisión y una multa de “500 a mil Unidades de Medida y Actualización”.

En cuanto a la persona que sea servidor público y “difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta, a quien no tenga derecho o facultad para ello, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos, que obren o se encuentren en una carpeta de investigación, en un proceso penal o estén relacionados con las condiciones personales de la víctima o las circunstancias del hecho que la Ley señale como delito, se le impondrá una pena de seis a 10 años de prisión y una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización”.

Las sanciones antes expresadas aumentarán una mitad más cuando el contenido difundido sea un niño, niña, adolescente, mujer o que sea un cadáver.La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, fue la que presentó el dictamen y señaló que “este producto legislativo plantea garantizar la seguridad, intimidad, dignidad, protección, bienestar físico y psicológico de las víctimas”.

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