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Economía

¿Qué necesito para presentar declaración anual ante el SAT?

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México.- Con la llegada del mes de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) marca el inicio del periodo crucial para que las personas físicas cumplan con su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023. Esta obligación, que debe cumplirse del 1 al 30 de abril de 2024, implica reportar ingresos, deducciones, retenciones e impuestos para el año fiscal anterior.

La declaración anual es una obligación que alcanza tanto a personas físicas como a personas morales, y los requisitos para llevarla a cabo son específicos para cada tipo de contribuyente. 

En el caso de personas físicas, es necesario contar con:

  • El Registro Federal de Contribuyentes (RFC), 
  • Contraseña o e.firma, además de 
  • Tener a mano los comprobantes de ingresos, deducciones y retenciones pertinentes. 

Por su parte, las personas morales deben disponer de estados financieros, facturas, contratos y toda la documentación relacionada con los créditos fiscales.

La declaración anual es un proceso que requiere atención a los detalles y un cumplimiento estricto de los requisitos establecidos por el SAT. Los contribuyentes deben asegurarse de tener toda la documentación necesaria preparada para facilitar el proceso, y es importante recordar que la presentación de la declaración es un trámite obligatorio que debe llevarse a cabo dentro del plazo establecido.

Es fundamental tener presente que la declaración anual puede representar una oportunidad para solicitar un saldo a favor, siempre y cuando se hayan realizado deducciones personales válidas. Gastos médicos, hospitalarios, medicamentos y lentes ópticos graduados son algunos ejemplos de deducciones que pueden ser consideradas, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos por el SAT.

Es importante tener claridad quiénes necesitan declarar impuestos.

Asalariados que:

  • Tuvieron 2 o más empleadores en el último año.
  • Sus ingresos excedieron los 400 mil pesos en el último año.
  • Recibieron sueldo de empresas en el extranjero que no tengan obligación de hacer retenciones en México.
  • Recibieron conceptos de indemnización o jubilación.
  • Trabajadores bajo el régimen de honorarios (Servicios Profesionales).
  • Aquellos que cobran rentas o hicieron una venta de un bien inmueble.
  • Quienes realicen actividades empresariales, a menos que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal.
  • Los que obtuvieron ingresos por concepto de intereses reales que superaron los 100,000 pesos.

En ocasiones, se piensa de forma errónea, que al recibir el pago a través de una nómina, no es necesario declarar impuestos. Sin embargo, no siempre es así. Si eres asalariado, pero tu caso cae en alguna de estas categorías, sí debes considerar hacer la declaración anual de impuestos:

  • Terminaste tu relación laboral antes del último día del año.
  • Obtuviste ingresos de dos empleadores simultáneamente.
  • Recibiste otros ingresos además del salario.
  • Tu sueldo provino de un empleador que no realiza retenciones.
  • Recibiste una indemnización laboral.

El cumplimiento de la declaración anual es un paso importante en la responsabilidad fiscal de cada contribuyente, y el SAT está proporcionando las herramientas necesarias para facilitar el proceso. A través de su sitio web, los contribuyentes pueden acceder a herramientas como el Visor de nómina y el Simulador, que les permiten revisar y simular su declaración antes de enviarla. Además, el SAT ofrece asistencia y orientación para aquellos que necesiten ayuda durante el proceso de declaración.

Para aquellos contribuyentes que deban impuestos como resultado de su declaración, el SAT ha establecido una medida que permite el pago fraccionado de hasta seis parcialidades, siempre y cuando la declaración se realice dentro del plazo legal de abril de 2024. Esta opción de pago flexible exige que el primer pago se efectúe en el mismo periodo de declaración, seguido de liquidaciones al final de cada mes correspondiente. Es fundamental cumplir con cada pago en tiempo y forma para evitar recargos, y la última parcialidad debe ser abonada a más tardar el 30 de septiembre de 2024.

Para aquellos contribuyentes que deban impuestos como resultado de su declaración, el SAT ha establecido una medida que permite el pago fraccionado de hasta seis parcialidades, siempre y cuando la declaración se realice dentro del plazo legal de abril de 2024. Esta opción de pago flexible exige que el primer pago se efectúe en el mismo periodo de declaración, seguido de liquidaciones al final de cada mes correspondiente. Es fundamental cumplir con cada pago en tiempo y forma para evitar recargos, y la última parcialidad debe ser abonada a más tardar el 30 de septiembre de 2024.

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